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VISTO:
El anteproyecto de ley orgánica de Administración de Justicia, elaborado por el Superior Tribunal de Justicia, y
CONSIDERANDO:
Que, el referido proyecto tiene su base en la Ley Nº 2990, teniendo sus aspectos diferenciales en la transformación de los Juzgados de Paz en Civiles y Comerciales y también en la unificación de las Cámaras Civiles y Comerciales de la Primera Circunscripción Judicial, posibilitando al funcionar mediante el sistema de Salas, la existencia de un mayor número de tribunales de sentencia.
Que, se ha reincorporado al mapa judicial el Departamento Ituzaingó a la Quinta Circunscripción Judicial, ante la solicitud efectuada por los distintos sectores sociales y auxiliares de la justicia de esa zona, ya que han cesado las razones que en su momento determinaron su inclusión en la primera circunscripción.
Que, también se han readecuado modalidades de la Administración de Justicia a los requerimientos de actuales de la sociedad, teniendo principalmente en cuenta las garantías de los justíciales como también la necesidad de eficiencia y celeridad en la prestación del servicio de justicia.