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maijo
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La ley autoriza a declarar las nulidades absolutas aun cuando no sean instadas por la parte perjudicada. El acto írrito no puede quedar nunca subsanados ni aun cuando cuente con la aquiescencia o aprobación del agraviado porque son indisponibles.
Para que pueda hablarse de una nulidad absoluta, además de la inobservancia de lo dispuesto por una norma procesal, se exige una violación a garantías constitucionales indisponibles esa exigencia implica en sí mismo una marcada reducción por restricción del concepto de nulidad absoluta. Esa limitación conceptual exige que la afectación al derecho constitucional que se invoca no provenga de una simple reglamentación de su ejercicio, sino que impone que con éste se altere su propia esencia, afectando la garantía constitucional sustancialmente.
Las nulidades absolutas son una herramienta técnica que garantiza al imputado el respeto de todos sus derechos constitucionales en el marco del proceso penal, a fin de evitar los efectos perjudiciales de una violación constitucional, debiendo verificarse que dicho perjuicio concurre concretamente ya sea de modo real o al menos potencia, no bastando que aparezca sólo como meramente hipotético.