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jimenarita
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El control de constitucionalidad DIFUSO está a cargo de todos los jueces que integran el Poder Judicial, cualquiera sea su rango o competencia, aunque la última palabra con relación a dicho control lo tiene la Corte Suprema de Justicia.-
En nuestro país, la Corte Suprema de Justicia, desde un primer momento, adoptó el sistema de CONTROL JUDICIAL DIFUSO. Nuestra Corte Suprema de Justicia ha sostenido de modo firme que el control de constitucionalidad le corresponde en forma exclusiva y excluyente a los magistrados integrantes del Poder Judicial de la Nación y de los Poderes Judiciales de las Provincias, sin distinción de jerarquía. Esta dispersión de la competencia de controlar la constitucionalidad de las normas y actos inferiores no implica que haya distintos criterios en cada tema, ya que la última palabra en el control de constitucionalidad lo tiene la Corte Suprema de Justicia de la Nación.-