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VirginiaBogner
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ARTICULO 88. Se suplen automáticamente entre sí por orden de número. En caso necesario, por orden de número y turnándose en cada expediente por los jueces en lo penal correccional, por los jueces en lo penal de instrucción que no hayan prevenido en el sumario, por los jueces de menores, por los jueces en lo civil y comercial o en lo civil, comercial y laboral, y por los abogados de la lista de conjueces designados por sorteo, hecho en acto público notificado a las partes en litigio. ARTICULO 91. Se suplen automáticamente entre sí por orden de número. En caso necesario, por orden de número y turnándose en cada expediente por los jueces en lo penal de instrucción, por los jueces en lo penal de sentencia, por los jueces de menores, por los jueces en lo civil y comercial, o en lo civil, comercial y laboral, y por abogados de la lista de conjueces designados por sorteo hecho en acto público notificado a las partes en litigio. ARTICULO 94. Son suplidos, por orden de número y turnándose en cada expediente, por los jueces en lo civil, comercial y laboral y por abogados de la lista de conjueces designados por sorteo hecho en acto público notificado a las partes en litigio. ARTICULO 97. Se suplen automáticamente entre sí, por orden de número. En caso necesario por orden de número y turnándose en cada expediente, por los jueces en lo penal correccional, por los jueces en lo penal de instrucción y por abogados de la lista de conjueces designados por sorteo hecho en acto público notificado a las partes en litigio.