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YesicaArosio
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Podemos decir, como concepto fundamental y primario, que el Hábeas Corpus, es la garantía constitucional que protege la libertad física de las personas, de los ataques actuales o inminentes contra ella, sea que provengan de autoridad pública o de particulares.
Originariamente era un remedio contra detenciones arbitrarias. Luego se amplió a favor de quién sufría un acto lesivo o estaba amenazado en su libertad ambulatoria. Siempre se ha interpretado que el instituto ha estado incoprporado constitucionalmente a través del artículo 18 de la Carta Magna, cuando hace referencia a que ningún habitante de la Nación puede ser arrestado, sin orden escrita se su autoridad competente. La reglamentación de la tutela se llevó a cabo por la Ley Nacional nº 23.098, que además de referirse específicamente al procedimiento sumario para la sustanciación del recurso, aludió a otras hipótesis, solucionables a través de este remedio.