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AgustinCanals


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San Miguel de Tucumán, 10 de marzo de 2006. Que las actuaciones que anteceden, remitidas por el Juzgado de Garantías nro. 13 del Departamento Judicial La Plata, provenientes de la Unidad Funcional de Instrucción 14 del Departamento Judicial La Plata, fueron remitidas a esta representación del Ministerio Público por la Sra. Juez de Garantías Dra. Erinia Helesponto el 9 de marzo de 2006. En atención a lo expuesto; por aplicación de lo resuelto en el artículo primero de la Resolución General 2 de fecha 25 de setiembre de 1998 y por el artículo primero de la Resolución General 20 de fecha 5 de marzo del 2001 por la Fiscalía General Departamental, que establece "...en relación a las causas de ajena jurisdicción territorial u otro fuero, corresponderá la intervención de la Unidad Funcional de Instrucción de turno a la fecha de recepción de tales actuaciones, aclarándose que se tendrá en cuenta a los efectos de fijar la competencia ... la fecha de la resolución del Juzgado de Garantías que ordena la remisión al Ministerio Público Fiscal; y siendo que en razón del territorio corresponde entender en la presente a esta representación del Ministerio Público Fiscal (arts. 29 y ss. del rito provincial). RESUELVO: Aceptar la competencia atribuida a esta Fiscalía. Désele entrada a la presente por Mesa General de Entradas.
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