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DanielaFernndez
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Estructura.
Nuestra Constitución Nacional, de 1853, en su artículo 1, dispone: “La Nación Argentina adopta
para su gobierno la forma de representativa republicana federal, según lo establece la presente
constitución”. Nos interesa rescatar de la disposición constitucional, a los fines del dictado de
este curso, la forma federal de gobierno. Podemos decir que el Sistema Federal, significa la
organización de la República en divisiones territoriales llamadas Provincias, dotadas de
autonomía para organizar y administrar su propio territorio. Precisando más el concepto, se
puede afirmar que el Estado Federal, es la descentralización política del mismo, sobre una
base física o territorial. El federalismo, como sistema, es la forma opuesta a la unitaria: en éste
último caso el poder del Estado se centraliza territorialmente. Se da en el Estado federal una
dualidad de poderes; la del Estado Federal propiamente dicho, por un lado, y la de cada
unidad política – Provincias -, por el otro.