words per minute
5
DanielaFernndez
00:00
Speed
El cargo es el acto en virtud del cual el funcionario que la ley designa al efecto deja constancia,
al pie de todo escrito presentado ante el juzgado, del día, hora y año de su presentación, así
como de la existencia de copias, su número y documentación. El cargo judicial tiene la
consecuencia de atribuir fecha cierta al instrumento privado -escrito judicial-, determinando
fehacientemente si el acto procesal se realiza en tiempo oportuno, el cual adquiere singular
importancia por la perentoriedad de los términos procesales. La Corte o las Cámaras podrán
disponer que la fecha y hora de presentación de los escritos se registren con fechador
mecánico, en este caso el cargo se integra con el fechador y la firma d l interviniente. Es
requisito de validez la constancia de la firma del secretario, auxiliar autorizante o encargado
de mesa de entradas, cuya suscripción lo integra.