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AgustinNavarro
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Artículo 25. Causales.
Los Magistrados, Funcionarios y empleados podrán ser sancionados
disciplinariamente:
a) Por violación del régimen de inhabilidades al momento de la designación o de
las prohibiciones impuestas por la Ley o los Reglamentos o de las
incompatibilidades con el desempeño del cargo o de los deberes y obligaciones
que el mismo impone.