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ArmandoSr
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El fiscal coordinador de distrito será el responsable
directo del buen funcionamiento de la institución en el área respectiva. Ejerce la acción
penal pública y las atribuciones que la ley le otorga al Ministerio Público Fiscal de la Nación.
El fiscal coordinador de distrito será designado por un período de dos (2) años. Sólo los
fiscales generales del respectivo distrito fiscal podrán aspirar a esa función, y para ello
deberán presentar un plan de trabajo ante el Procurador General de la Nación, quien los
elegirá en función de su propuesta e idoneidad personal para el cargo, de acuerdo con
la reglamentación que se dicte al respecto. Si no se presentara ningún plan de trabajo el
Procurador General de la Nación deberá ampliar la convocatoria a fiscales generales de
otros distritos fiscales. Podrá proceder de igual modo cuando se presente un único plan
de trabajo.