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Tras el secuestro de los reyes Carlos IV y Fernando VII por Napoleón, el 2 de mayo de 1808 estalló en España la Guerra de Independencia. Los franceses, con el pretexto de invadir Portugal, tomaron prácticamente toda España, con pocas excepciones, como Canarias y la ciudad de Cádiz. El 7 de mayo, Carlos IV y Fernando VII abdicaron en Napoleón, y éste impuso como rey a su hermano José I Bonaparte, que contaba con el apoyo del ejército francés y de unos pocos españoles, los afrancesados, que lo consideraban el mal menor para implantar el liberalismo. La mayoría de españoles, que querían restituir a Fernando VII, se organizaron contra el invasor. Se formaron juntas locales y provinciales, que asumieron las funciones del rey en su ausencia. La Junta Suprema Central coordinaba al resto de juntas (locales y provinciales) y se refugiaba en Cádiz. Las juntas constituyeron un precedente de la soberanía nacional. Por influencia de los ingleses, la Junta Suprema Central decidió disolverse en 1810 y convocar Cortes, elegidas por sufragio universal masculino, para representar a la nación española en ausencia del rey (1810). Las Cortes de Cádiz eran decididamente liberales y buscaban acabar con el Antiguo Régimen. La obra más importante de las Cortes fue la Constitución de Cádiz, promulgada el 19 de marzo de 1812, el día de San José, por lo que se la conoce como la Pepa, que iniciaba la Edad Contemporánea en España. Su aplicación fue limitada, solo en momentos puntuales como el Trienio Liberal, pero sirvió de modelo para otras Constituciones en Europa y América. La Constitución de 1812 establece un régimen liberal, a pesar de que Fernando VII no lo acató a su regreso. Establece la soberanía nacional mediante un sufragio universal masculino indirecto. En este un grupo de ciudadanos elige a un compromisario, que en nombre de todos vota a los diputados que legislaran en Cortes. Los diputados representan a los ciudadanos, no a los estamentos como en el Antiguo Régimen. Establece también la separación de poderes: el legislativo lo desempeñan Cortes unicamerales; el ejecutivo recae en el rey y el Gobierno elegido por él; el poder judicial recae en los tribunales públicos, eliminando paralelos como la Inquisición. La Constitución de 1812 establece también la igualdad ante la ley, incluyendo a los españoles de América y Filipinas y eliminando los privilegios estamentales. Así, en el artículo 1 se recoge que «La nación española es la reunión de españoles de ambos hemisferios». Reconoce algunos derechos individuales, como la educación primaria obligatoria y pública, la propiedad privada, la libertad de imprenta o la inviolabilidad del domicilio. La religión católica es la oficial de España. El territorio se divide en provincias y municipios y se forma la Milicia Nacional para la defensa del liberalismo. Además de la Constitución, las Cortes de Cádiz promulgaron otras leyes, los decretos, que eliminaban estructuras del Antiguo Régimen. Por ejemplo, se anularon los señoríos jurisdiccionales, se eliminaron los gremios, se derogaron los privilegios de la Mesta
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