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Facundo_Dzugla
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Artículo 78 La Corte Suprema reglamentará el régimen de reemplazo Los dos jueces del Distrito Judicial Nº 11 se suplen automáticamente entre sí por orden de número para lo cual se denomina de la Primera Nominación al que tiene asiento en la ciudad de San Jorge y de la Segunda Nominación al que tiene asiento en la ciudad de El Trébol En caso necesario por orden de número y turnándose en cada expediente por los abogados de la lista de conjueces designados por sorteo en acto público notificado a las partes
Artículo 80 Tienen asiento en las sedes de los Distritos Judiciales Nros 1 y 2 y ejercen su competencia material dentro de sus respectivos territorios
Artículo 81 Se suplen automáticamente entre sí por orden de número En caso necesario por orden de número y turnándose en cada expediente por los jueces en lo civil y comercial y por sus respectivos reemplazantes
Artículo 82 Salvo caso de conexidad causal y de lo dispuesto en el Artículo 117 ejercen su competencia material respecto de toda pretensión ejecutiva autónoma
Artículo 83 El juez en lo civil y comercial y el juez en lo civil comercial y laboral que ostente el Nº 1 en la sede de cada Circunscripción Judicial cumple las funciones de juez de registro para los casos previstos en la ley de la materia Ejercen su competencia material dentro del territorio de la respectiva Circunscripción Judicial