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CARTA DE LOS DERECHOS DE LOS CIUDADANOS ANTE LA JUSTICIA
created Jan 30th 2017, 09:57 by sophiemar
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En los úmbrales del siglo XXI la sociedad española demanda con urgencia una Justicia más abierta que sea capaz de dar servicio a los ciudadanos con mayor agilidad, calidad y eficacia, incorporando para ello métodos de organización e instrumentos procesales más modernos y avanzados.
Un proyecto tan ambicioso sólo puede ser afrontados mediante un amplio acuerdo de todas las fuerzas políticas que asegure la unidad y continuidad de los esfuerzos y garantice el consenso sobre las bases del funcionamiento de este Poder del Estado.
Tal es, precisamente, el objeto y finalidad del Pacto de Estado para la Reforma de la Justicia firmado el 28 demayo de 2001.
entre las prioridades del Pacto de Estado firgura la elaboración de una Carta de Derechos de los Ciudadanos ante la Justicia que atienda a los principios de transparencia, información y atención adecuda y que establezca los derechos de los usuarios de la Justicia. Idéntica prioridad se encuentra en el aqcuerdo quinto de los adoptados por la conferencia Sectorial en materia de Administración de Justicia celebrada en las Palmas el día 22 de mayo de 2001.
La prsente Carta ha sido redactada por un Grupo de Trabajo constituido en el seno de la Comisión de Seguimiento del Pacto de EStado, por acuerdo unánime de todos sus integrantes, en el que han intervenido representantes de los distintos Grupos Parlamentarios y del Ministerio de Justicia.
Este Grupo ha recogido las iniciativas presentadas por las fuerzas políticas de la Cámara, así como las opiniones y sugerencias de las Instituciones y organizaciones relacionadascon la Administración de Justicia.
Buena parte de estas aportaciones se han integrado en el contenido de esta Carta.
Con la finalidad de conseguir una Justicia moderna y abierta a los ciudadanos, la Carta desarrolla en su primera parte los principios de transparencia, información y atención adecuada contemplados en el Pacto de EStado, destacando la importancia de conseguir una Administración de Justicia responsable ante los ciudadanos, quienes podrán formular sus quejas y sugerencias sobre el funcionamiento de la misma y exigir, en caso necesario, las reparaciones aque hubiera lugar.
La segunda parte de la Carta se centra en la necesidad de prestar una especial atención y cuidado en la relación de la Administración de Justicia con aquellos ciudadanos que se encuentran más desprotegidos.çEnprimer lugar, la víctima del delito, sobre todo en los supuetos deviolencia doméstica y de género.
En segundo término, los menores de edad, para evitar que se vea afectado su correcto desarrollo evolutivo.
En tercer lugar las personas que sufran una discapacidad sensorial, física o psíquica, para superar sus problemas de comunicación y acceso a los edificios judiciales. Finalmente los extranjeros inmigrantes en España a quienes se debe asegurar la aplicación de los principios y derechos recogidos en esta Carta.
La Carta se ocupa en su tercera parte de aquellos derechos que son característicos de la relación del ciudadano con los Abogados y Procuradores, habiendo resultado especialmente útiles en esta materia las aportaciones recibidas del Consejo General de la Abogacía y del Consejo General de Colegios de Procuradores de los Tribunales de España.
Finalmente, la Carta de Derechos concluye con una previsión relativa a las condiciiones necesarias para su eficacia. De este modo, se proclama la exigibilidad de los derechos reconocidos y la vinculación a los mismos de Jueces y Magistrados, Fiscales, Secretarios Judiciales, Abogados y Procuradores y demás personas e Instituciones que cooperan con la Administración de Justicia.
Asimismo se encomienda a la Comisión de Justicia e Interior del Congreso de los Diputados el seguimiento y evalución del desarrollo y cumplimeinto de esta Carta.
Un proyecto tan ambicioso sólo puede ser afrontados mediante un amplio acuerdo de todas las fuerzas políticas que asegure la unidad y continuidad de los esfuerzos y garantice el consenso sobre las bases del funcionamiento de este Poder del Estado.
Tal es, precisamente, el objeto y finalidad del Pacto de Estado para la Reforma de la Justicia firmado el 28 demayo de 2001.
entre las prioridades del Pacto de Estado firgura la elaboración de una Carta de Derechos de los Ciudadanos ante la Justicia que atienda a los principios de transparencia, información y atención adecuda y que establezca los derechos de los usuarios de la Justicia. Idéntica prioridad se encuentra en el aqcuerdo quinto de los adoptados por la conferencia Sectorial en materia de Administración de Justicia celebrada en las Palmas el día 22 de mayo de 2001.
La prsente Carta ha sido redactada por un Grupo de Trabajo constituido en el seno de la Comisión de Seguimiento del Pacto de EStado, por acuerdo unánime de todos sus integrantes, en el que han intervenido representantes de los distintos Grupos Parlamentarios y del Ministerio de Justicia.
Este Grupo ha recogido las iniciativas presentadas por las fuerzas políticas de la Cámara, así como las opiniones y sugerencias de las Instituciones y organizaciones relacionadascon la Administración de Justicia.
Buena parte de estas aportaciones se han integrado en el contenido de esta Carta.
Con la finalidad de conseguir una Justicia moderna y abierta a los ciudadanos, la Carta desarrolla en su primera parte los principios de transparencia, información y atención adecuada contemplados en el Pacto de EStado, destacando la importancia de conseguir una Administración de Justicia responsable ante los ciudadanos, quienes podrán formular sus quejas y sugerencias sobre el funcionamiento de la misma y exigir, en caso necesario, las reparaciones aque hubiera lugar.
La segunda parte de la Carta se centra en la necesidad de prestar una especial atención y cuidado en la relación de la Administración de Justicia con aquellos ciudadanos que se encuentran más desprotegidos.çEnprimer lugar, la víctima del delito, sobre todo en los supuetos deviolencia doméstica y de género.
En segundo término, los menores de edad, para evitar que se vea afectado su correcto desarrollo evolutivo.
En tercer lugar las personas que sufran una discapacidad sensorial, física o psíquica, para superar sus problemas de comunicación y acceso a los edificios judiciales. Finalmente los extranjeros inmigrantes en España a quienes se debe asegurar la aplicación de los principios y derechos recogidos en esta Carta.
La Carta se ocupa en su tercera parte de aquellos derechos que son característicos de la relación del ciudadano con los Abogados y Procuradores, habiendo resultado especialmente útiles en esta materia las aportaciones recibidas del Consejo General de la Abogacía y del Consejo General de Colegios de Procuradores de los Tribunales de España.
Finalmente, la Carta de Derechos concluye con una previsión relativa a las condiciiones necesarias para su eficacia. De este modo, se proclama la exigibilidad de los derechos reconocidos y la vinculación a los mismos de Jueces y Magistrados, Fiscales, Secretarios Judiciales, Abogados y Procuradores y demás personas e Instituciones que cooperan con la Administración de Justicia.
Asimismo se encomienda a la Comisión de Justicia e Interior del Congreso de los Diputados el seguimiento y evalución del desarrollo y cumplimeinto de esta Carta.
